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PARA DIFUSIÓN INMEDIATA
PR- 085-11
16 de marzo de 2011

EL ALCALDE BLOOMBERG PROMULGA LEGISLACIÓN QUE EXTIENDE LA POTESTAD DE LA CIUDAD PARA VENDER GRAVÁMENES POR IMPUESTOS DE PROPIEDAD Y CARGOS DE AGUA Y ALCANTARILLADO NO PAGOS HASTA 2014

Palabras del alcalde Michael R. Bloomberg en una audiencia pública sobre leyes locales

“La primera de tres piezas legislativas ante mí hoy es la Ley Preliminar número 26-A, patrocinada por los concejales Vann, Comrie, Brewer, James, Mark-Viverito, Arroyo, Williams, Gennaro, Ferreras, Lander, Dickens, Dilan, Gentile, Jackson, Greenfield, Barron, Sanders, Rivera, Levin, Foster, Seabrook, Rose, Eugene, Koslowitz, Chin, González, Nelson, Reyna, Rodríguez, Van Bramer, Mealy, Méndez, Wills, Crowley, Palma, Cabrera, Vacca, Ulrich, Koo y Koppell.  La Ley Preliminar 26-A extiende la autoridad de la Ciudad para vender gravámenes sobre cargos delictivos en impuestos a la propiedad, agua y otros cargos asociados hasta el 2014.

“Un gravamen es un reclamo legal contra una propiedad real por impuestos de propiedad no pagados, cuentas de agua, alcantarillado y otros cargos, así como el interés adeudado sobre estos impuestos y cargos.  Cuando un monto pendiente ha estado en situación delictiva durante un período de tiempo especificado legalmente, y la Ciudad ha enviado un aviso al dueño de la propiedad, a la Ciudad de Nueva York se le permite vender un gravamen a un tercero autorizado para su cobro.

“A la Ciudad se le dio primero la potestad de vender gravámenes de impuestos a la propiedad en 1996.  Antes de entonces, la única herramienta para el cobro que teníamos era el programa ‘in rem’, que permitía a la Ciudad convertirse en dueña de propiedades con deudas.  El programa ‘in rem’ probó ser demasiado caro para que la Ciudad lo administrara, y entonces fue desarrollado el programa de venta de gravámenes con la meta de reducir los costos asociados con el cobro de impuestos a la propiedad, agua y otras deudas municipales, a la vez que se aumentaban las tarifas totales por el cobro.

“Desde 1996, el Concejo Municipal ha aprobado diez leyes locales extendiendo, enmendando o ampliando el programa de ventas de gravámenes.  La más reciente extensión de la protestad para vender gravámenes, en diciembre de 2007, también otorgó la autoridad para vender cargos delictivos autónomos por cuentas de agua para viviendas de dos y tres familias.  En los últimos quince años, la Ciudad ha recibido más de $5 mil millones en pagos de impuestos a la propiedad y agua como resultado del cumplimiento con el programa.

“La Ley Preliminar 26-A reautoriza y extiende hasta el año 2014 la potestad para vender gravámenes en base a situaciones delictivas relacionadas con impuestos a la propiedad o cargos por agua y alcantarillado.  Esta legislación también agrega la autoridad para vender gravámenes de cargos delictivos del Programa de reparaciones urgentes (Emergency Repair Program, en inglés) y el Programa de cumplimiento alternativo (Alternative Enforcement Program, en inglés) para viviendas multifamiliares independientes, así como otras situaciones de delincuencia, después de un año y $1,000 en cargos pendientes.  Además, la Ley Preliminar 26-A incluye en la venta de gravámenes a unidades de alquiler de la Corporación de Desarrollo de Vivienda (HDC, en inglés) después de dos años y $5,000 en cargos en situación delictiva.  En el pasado, estos edificios habían estado legalmente excluidos.

“Se ha mantenido igual la protección a los más vulnerables de la Ciudad — las personas de edad avanzada, los discapacitados y dueños de casas con bajos ingresos — y una nueva exención para veteranos ha sido incluida.  Además, el umbral para las ventas de gravámenes preventivos de agua para hogares de 2 y 3 familias ha sido extendido de un año y $1,000 a un año y $2,000 de pagos vencidos.

“La Ley Preliminar número 26-A también requiere notificaciones por correo a 90, 60, 30 y 10 días previos a la venta de gravámenes y publicación de la lista de venta de dichos gravámenes en los periódicos más importantes a 90 y 10 días.  Otras medidas de acercamiento comunitario previas a las ventas incluyen el envío por correo a los dueños de propiedades dos veces por año de información sobre exenciones fiscales, el proceso de venta de gravámenes, planes de pago, e información de contacto sobre los defensores del pueblo del Departamento de Finanzas (DOF, en inglés) y el Departamento de Protección Ambiental (DEP, en inglés).  Luego de que los gravámenes hayan sido vendidos, se requiere al cobrador independiente enviar una carta inicial al propietario explicando su rol en el servicio y cuentas detalladas de todos los estados de cuentas liquidadas, incluyendo un desglose de la deuda inicial a pagar, el interés, recargos y honorarios.

“La Ley Preliminar 26-A equilibra la necesidad de la Ciudad de mantener recaudaciones confiables con la meta esencial de preservar la propiedad de hogares.  Esta legislación provee un conjunto esencial de herramientas de cumplimiento a la vez que mantiene una red de seguridad para nuestras poblaciones más vulnerables.  Lo más importante es que la legislación remedia el injusto peso colocado sobre los dueños de propiedades responsables que cargan con los costos de agua y el servicio de alcantarillado por los que no pagan.

“Quiero agradecer al comisionado de Finanzas David Frankel, al comisionado de Protección Ambiental Cas Holloway, al comisionado del Departamento de Preservación y Desarrollo de Vivienda (HPD, en inglés) Rafael Cestero, al director de la Oficina de Administración y Presupuesto (OMB, en inglés) Mark Page, y todos los equipos de trabajo de estas agencias por su labor en esta pieza legislativa, incluyendo el director asistente de la OMB John Grathwol, el abogado senior del Departamento de Leyes Steve Ackerman, y Massiel García de mi Oficina de Asuntos Legislativos Municipales.  También quisiera dar las gracias al Concejo Municipal por aprobar esta pieza legislativa”.







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