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PR- 004-05
3 de enero de 2005

EL ALCALDE MICHAEL R. BLOOMBERG FIRMA LEGISLACIÓN QUE AUMENTA PENAS POR VIOLACIONES RELACIONADAS CON LA CALEFACCIÓN Y EL AGUA CALIENTE

Palabras del alcalde Bloomberg en una audiencia pública sobre leyes locales

"El primer proyecto de ley ante mí hoy es la Ley Preliminar Número 114-A, auspiciada por los concejales Moskowitz, Foster, el portavoz Miller, Nelson, Reed, DeBlasio, Katz, Liu, Sears, Brewer, Avella, Baez, Dilan, Gerson, Gioia, Jackson, Lopez, Perkins, Quinn, Sanders Jr., Seabrook, Serrano, Vann, Clarke, Addabbo, Comrie, Fidler, Koppell, Martinez, Monserrate, Recchia, Reyna, Rivera, Gentile, Gennaro, James, Weprin y la defensora pública Betsy Gotbaum. Esta ley aumenta la pena civil por violaciones al Código de Mantenimiento de Vivendas (Housing Maintenance Code, en inglés) cuando no se proveen calefacción y agua caliente apropiadamente.

"A pesar del clima benigno, estamos en invierno, y es imprescindible que los propietarios de viviendas en Nueva York proporcionen calefacción y agua caliente en este invierno. El Código de Mantenimiento de Viviendas de la Ciudad y la Ley Estatal de Viviendas Múltiples (State Multiple Dwelling Law, en inglés) requieren que los propietarios de edificios provean agua caliente 365 días al año a una temperatura constante mínima de 120 grados Fahrenheit. Del 1ro. de octubre al 31 de mayo, un período designado como 'Temporada de Calefacción', a los dueños de edificios también se les requiere que den a los inquilinos calefacción bajo las siguientes condiciones:

Entre las 6:00 a.m. y las 10:00 p.m., si la temperatura exterior es menor a los 55 grados [Fahrenheit], se requiere que la temperatura interior sea por lo menos de 68 grados Fahrenheit; y,

Entre las 10:00 p.m. y las 6:00 a.m., si la temperatura exterior cae bajo los 40 grados, se requiere que la temperatura interior sea de por lo menos 55 grados Fahrenheit.

"La Ley Preliminar Número 114-A incrementa el rango de pena civil para las violaciones relacionadas con la calefacción y el agua caliente desde $250 a un máximo de $500 diarios por primeras violaciones. Asimismo, la ley establece una nueva estructura de castigos por violaciones subsecuentes en la misma localización en el mismo año, con penalidades que van desde $500 a $1000 diarios. Estas penas no han sido cambiadas en más de 20 años.

"Aunque la mayoría de los caseros y propietarios cumplen con el Código de Mantenimiento de Viviendas de la Ciudad y la Ley de Viviendas Múltiples en este sentido, es importante contar con mecanismos establecidos para enfrentar a los que no lo hacen. Los inquilinos que tienen frío en sus apartamentos deben en primer lugar intentar notificar al propietario del edificio, al agente administrador o superintendente. Si la calefacción no ha sido restablecida, el inquilino debe llamar al Centro de Servicio Ciudadano 311. Además, el programa educativo 'Housing Education' del Departamento de Preservación y Desarrollo de Vivienda de la Ciudad ofrece cursos a los dueños, agentes administradores y superintendentes sobre 'Administración y Mantenimiento de Propiedades Residenciales', incluyendo el cuidado de los equipos de calefacción en los edificios. Para más información sobre estos programas, también se puede llamar al 311.

"Quiero agradecer a los concejales Moskowitz y Foster, al portavoz Millar y al comisionado del HPD Shaun Donovan por su liderazgo en este asunto".







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