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PR- 013-10
12 de enero de 2010

EL ALCALDE BLOOMBERG ANUNCIA DEMANDA LEGAL PARA RECAUDAR HASTA $16 MILLONES EN IMPUESTOS NO PAGOS DE BIENES RAÍCES POR EL GOBIERNO DE NIGERIA

La demanda pide el pago de impuestos sobre inmuebles del edificio nigeriano desde 1993

El alcalde Michael R. Bloomberg, y el abogado del ayuntamiento Michael A. Cardozo, la comisionada de la Comisión de la Ciudad de Nueva York para las Naciones Unidas, Cuerpos Consulares y Protocolo Majorie B. Tiven, y el comisionado de Finanzas David M. Frankel anunciaron hoy que la Ciudad presentó una demanda en el Tribunal Federal de Distrito para el Distrito Sur de Nueva York contra el gobierno de Nigeria.  El gobierno nigeriano no ha pagado los impuestos de bienes raíces, y otros cargos de sus oficinas comerciales y otros espacios libres de impuestos en el edificio que le pertenece de 22 pisos ubicado en el 828 Second Avenue en Manhattan.  Dependiendo del alcance y la duración de estas actividades las que incurren impuestos, los cuales no se conocen exactamente debido a que el gobierno de Nigeria se rehúsa a proporcionar la documentación, la Ciudad está pidiendo entre $4.1 millones y hasta más de $16 millones en impuestos no pagos, otros cargos, e intereses de Nigeria.

“Especialmente en estos momentos económicos difíciles, seguiremos la pista de cada dólar que se les debe a los contribuyentes municipales”, dijo el alcalde Bloomberg.  “Los juzgados han dictaminado, y el Departamento de Estado acuerda, que los gobiernos extranjeros no califican para una exención de impuestos sobre una propiedad utilizada para con fines comerciales.  Para el uso no-diplomático, esperamos que los gobiernos extranjeros paguen la parte justa que les corresponde de impuestos sobre inmuebles, así como lo hacen todos los neoyorquinos”.

“A Nigeria se le dieron muchas oportunidades para saldar esta deuda con la Ciudad, pero se negó ha hacerlo”, dijo la comisionada Tiven.  “La Ciudad busca ser un buen vecino de los gobiernos extranjeros que son dueños de propiedades en la Ciudad, pero también esperamos que estos gobiernos hagan lo que les corresponde y paguen sus impuestos.  Si no lo hacen, no tenemos más opción que hacer cumplir las obligaciones en los tribunales”.

“Los gobiernos extranjeros deben pagar sus impuestos sobre bienes raíces cuando utilizan sus inmuebles para propósitos no-diplomáticos”, dijo el comisionado de Finanzas David M. Frankel.  “Esta demanda ayudará a nivelar el campo para los neoyorquinos, ya que los impuestos proveen servicios que benefician a todos quienes viven y trabajan aquí”.

La Ciudad proporciona una exención de impuestos a todo gobierno extranjero ante la Misión de las Naciones Unidas y a los residentes de la Representación Permanente y del Cónsul General.

“La ley es clara respecto a que los consulados extranjeros y las misiones involucradas en actividades comerciales deben pagar impuestos sobre estos espacios a la Ciudad”, dijo el abogado de la ciudad Cardozo.  “El Tribunal de Distrito también establece que la vivienda para los empleados, a no ser que sea para el director de la misión ante las Naciones Unidas o para el consulado, deberá pagar impuestos.  Este segundo tema espera una decisión del Juzgado de Apelaciones de los EE UU sobre casos que la Ciudad entabló contra la India y Mongolia.  En esos casos establecimos ante el Tribunal Supremo de EE UU en 2007 que todos los gobiernos extranjeros están sujetos a la jurisdicción de las juzgados federales en casos como este”.

El edificio conocido como “Nigeria House” se usa parcialmente para propósitos de exención de impuestos, incluyendo como oficinas para el Consulado nigeriano y la Misión de Nigeria antes las Naciones Unidas.  Sin embargo, por lo menos desde el 2002, y la Ciudad cree que posiblemente retrocediendo hasta 1993, porciones del edificio han sido utilizadas para comercios y otros propósitos que no meritan una exención fiscal.  Una oficina de Nigeria Airways, por ejemplo, previamente ocupaba espacio en el vestíbulo del edificio.  Además, Nigeria reconoce que un sitio en la Nigeria House fue alquilado a las Naciones Unidas en el segundo, tercer, quinto y sexto pisos, el cuarto piso del edificio incluía negocios llamados “House of Travel” y “Prime Protection”, y el vigésimo piso incluía una unidad residencial que no estaba habitada por el director de la Misión de Nigeria o el cónsul general.  Estos espacios requieren el pago de impuestos bajo las leyes locales, estatales, federales, e internacionales.

En 2003, la Ciudad entabló demandas legales pidiendo el reembolso de impuestos inmuebles no pagos sobre instalaciones comerciales y viviendas de personal contra cuatro países: Turquía, las Filipinas, la India y Mongolia.  Las causas contra Turquía y las Filipinas fueron resueltas.  Las demandas contra la India y Mongolia llegaron hasta el Tribunal Supremo de los EE UU sobre el tema de inmunidad de un país a un proceso legal.  El abogado de la ciudad Cardozo argumentó con éxito el caso Permanent Mission of India to the United Nations v. City of New York (Misión Permanente de la India contra Ciudad de Nueva York) ante el Tribunal Supremo de EE UU en 2007.  El Tribunal Supremo mantuvo que no países no estaban inmunes.  En marzo 2008, el Juzgado de Distrito de EE UU abordo los méritos de la polémica, confirmando que la vivienda de empleados debe ser gravada.  La India y Mongolia apelaron la decisión.  Justamente antes de que el Tribunal de Apelaciones de EE UU iba a ver la apelación, en junio 2009, el Departamento de Estado de EE UU supuestamente eximió toda vivienda de personal de la obligación a pagar impuestos.  La Ciudad ha tomado la posición de que el Departamento de Estado no tiene la autorización de otorgar dicha exención.  La validez de la exención del Departamento de Estado de dichos hogares y la pregunta de si dicha vivienda es gravable está pendiente en el Juzgado Federal de Apelaciones del Segundo Circuito.

Mientras que el tema de si la vivienda de los empleados es imponible aún se tiene que decidir, no hay duda alguna de que la propiedad de un gobierno extranjero que es utilizada con fines comerciales es gravable.  La cuestión del alojamiento de empleados solo afecta, como mucho, el estado tributario del vigésimo piso de Nigeria House.  No hay disputa alguna en relación a los niveles restantes, de los cuales la Ciudad busca recaudar impuestos, que están sujetos a ser imputados.





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