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PARA DIFUSIÓN INMEDIATA
PR- 340-11
27 de septiembre de 2011

EL ALCALDE BLOOMBERG PROMULGA LEGISLACIÓN QUE TRASPASA EL CUMPLIMIENTO DE NORMAS DE INSTALACIÓN DE LOS PROTECTORES DE VENTANAS DEL DEPARTAMENTO DE SALUD AL DEPARTAMENTO DE PRESERVACIÓN Y DESARROLLO DE VIVIENDA

Palabras del alcalde Michael R. Bloomberg en una audiencia pública sobre leyes locales

“La próxima pieza legislativa ante mí es la Ley Preliminar número 531-A, patrocinada por los concejales Dilan, Barron, Cabrera, Chin, Comrie, González, Koppell, Mealy, Méndez, Vann, Williams, Mark-Viverito, Brewer, Recchia, Gennaro, Van Bramer, Nelson, Jackson, Arroyo, Eugene, Crowley, Lander, Weprin y Rodríguez.  La Ley Preliminar 531-A transfiere en su mayor parte la jurisdicción del cumplimiento de normas para la instalación de protectores de ventanas en viviendas de múltiples residencias del Departamento de Salud (DOHMH, en inglés) al Departamento de Preservación y Desarrollo de Vivienda (HPD, en inglés).

“En la actualidad, el cumplimiento de [las normas de] protectores de ventanas es principalmente la responsabilidad del Departamento de Salud e Higiene Mental de la Ciudad.  El Código de Salud de la Ciudad de Nueva York requiere que los dueños de propiedades instalen un protector de ventana apropiado si hay un niño de diez o menos años de edad, o cuando lo solicite un inquilino, en todas las ventanas de un apartamento y ventanas de áreas públicas.  No cumplir con los requisitos del Código conlleva la emisión de una Orden de corrección (Order to Abate o COTA, en inglés) del comisionado, y si no se cumple, la emisión de una infracción y un referimiento al Programa de reparaciones de emergencia del Departamento de Preservación y Desarrollo de Vivienda para la instalación de los protectores.

“En septiembre de 2007, en reconocimiento al hecho de que el Departamento de Preservación y Desarrollo de Vivienda conducía cada año inspecciones en miles de apartamentos donde podían requerirse protectores de ventanas, el Código de Salud fue enmendado para autorizar al Departamento de Preservación y Desarrollo de Vivienda a emitir también Órdenes de corrección del comisionado de Salud para los protectores de ventanas.  Desde entonces, el Departamento de Preservación y Desarrollo de Vivienda ha expedido más de 36,500 COTAs para problemas de protectores de ventanas en base a observaciones durante las inspecciones en respuesta a otras condiciones.  En total, la aplicación de los requisitos de protectores de ventanas en viviendas múltiples en la Ciudad de Nueva York ha contribuido a una reducción significativa en la cantidad de caídas en ventanas — un descenso de casi 94% en el total bruto de caídas reportadas desde que la ley fue promulgada en 1973.

“La Ley Preliminar número 531-A realza la capacidad de la Ciudad para responder a quejas relacionadas con los protectores de ventanas al colocar el cumplimiento de los requisitos de protección en ventanas en la misma estructura de cumplimiento de normas que otras condiciones del mantenimiento de viviendas.  Esto simplifica el proceso, no solo de los inquilinos, sino también de los dueños de propiedades, al traer una cuestión claramente relacionada con el mantenimiento de viviendas al proceso existente para el cumplimento para otras condiciones de su mantenimiento.  Los residentes podrán registrar quejas en una agencia — y anticipar solo una inspección para todo tipo de problema en sus apartamentos.  Los dueños de propiedades no tendrán que seguir un proceso separado de cumplimento para la protección de ventanas, lo cual puede terminar en confusión y un esfuerzo doble.

“La Ley Preliminar 531-A logra varias metas beneficiosas: simplifica el proceso de cumplimiento para inquilinos y propietarios de inmuebles; consolida la prestación de servicios en agencias municipales que actualmente proveen el mismo servicio; y maximiza recursos existentes al reasignarlos cuando estén disponibles a tareas apropiadas.

“Quisiera agradecer al comisionado de Preservación y Desarrollo de Vivienda Mathew Wambua y el comisionado de Salud e Higiene Mental Thomas Farley y a sus equipos por su labor en esta pieza, así como a mi Oficina de Asuntos Legislativos Municipales.  También doy las gracias al Concejo Municipal por aprobar esta legislación”.







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Stu Loeser / Evelyn Erskine   (212) 788-2958



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